¿QUÉ ES TRATA DE PERSONAS?

 
 

El delito de trata de personas, conocida también como “la esclavitud moderna” es un delito que violenta la dignidad, la integridad, la libertad y todos los derechos fundamentales del ser humano, que a la vez constituye una de las actividades más rentables a nivel nacional e internacional.

En la trata de personas, el ser humano es visto por parte de los tratantes, como un objeto que puede ser comprado y vendido una y otra vez y del cual se beneficia una tercera o terceras personas; es un delito que afecta al ser humano de manera psicológica, moral y físicamente y que encuentra potenciales víctimas principalmente en los niños, niñas, adolescentes y mujeres.

FUNDAMENTO LEGAL DE LA TRATA DE PERSONAS

En Guatemala, el delito de trata de personas se encuentra regulado en el artículo 202 ter del Código Penal.

Se encuentra establecido así: “Constituye delito de trata de personas la captación, el transporte, traslado, retención, acogida o recepción de una o más personas”  “con fines de explotación”.

Los seis supuestos de la conducta o verbos rectores del delito (captación, transporte, traslado, retención, acogida o recepción), son excluyentes y se valoran de manera individual e independiente; es así, que con la realización de uno solo de ellos se tiene por realizado el delito correspondiente.

El artículo 202 del Código Penal establece  además: “Para los fines del delito de trata de personas, se entenderá como fin de explotación: La prostitución ajena, cualquier otra forma de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, cualquier tipo de explotación laboral, la mendicidad, cualquier forma de esclavitud, la servidumbre, la venta de personas, la extracción y el tráfico de órganos y tejido humanos, el reclutamiento de personas menores de edad para grupos delictivos organizados, adopción irregular, trámite irregular de adopción, pornografía, embarazo forzado o matrimonio forzado o servil”. Estas constituyen las modalidades del delito de trata de personas.

La prevención se entiende como la preparación y la disposición de medios para evita la trata de personas, antes de su manifestación, mediante la intervención directa sobre sus causas y los riesgos de incurrir en ellas.

Es importante estar informados, alertas y conocer que existen algunos engaños o mentiras que pueden ser utilizadas por las personas que cometen este delito, entre ellos las siguientes:

Promesas de un trabajo en otro país y que ellos cubrirán los gastos relacionados con el viaje, adquiriendo una deuda con los tratantes.
Promesas falsas de un empleo muy bien remunerado y que le cambiará la vida a la persona en corto tiempo.
Enamoramiento o propuesta de matrimonio a la víctima por parte de una persona que casi no conoce.
Ofertas de trabajo que no son ciertas o que solicitan como requisito fotografías de la víctima en diferente vestuario, de cuerpo completo, etc.
Citan a las víctimas a lugares privados, solicitándole que no brinde información a ninguna persona hacia a donde se dirige y con quien se reunirá.
Ofertas de trabajo diferentes a las actividades que serán obligadas posteriormente por los tratantes a desarrollar.
Propuestas que harán realidad los sueños de las víctimas.

Existen algunas señales que puedes identificar en una persona que puede estar siendo víctima de trata de personas, entre ellas las siguientes:

Miedo, ansiedad, tensión, sumisión y nerviosismo

Evidencia de amenazas, abuso emocional y trato degradante
Falta de higiene, fatiga, privación de sueño, falta de atención en enfermedades y heridas.
La persona evita contacto visual e interactuar con otras personas
No poseer identificación personal y acceso a dinero
Vestimenta inapropiada para su edad, o bien la calidad del vestuario en comparación con los acompañantes no es la misma.
No portan equipaje
En el caso de niñas, adolescentes o mujeres acompañadas de una persona muy mayor haciéndola pasar como su “novio” o bien con un grupo de hombres mayores.
Grupo de mujeres u hombres identificados con un mismo tatuaje en lugares similares del cuerpo, puede ser indicador de una marca impuesta por los tratantes.

 

Quien cometa el delito de trata de personas (tratante) puede ser cualquier persona: una persona conocida de la víctima, una persona desconocida, un familiar, un amigo(a) o compañero de estudios, entre otras.

La trata de personas no distingue edad, sexo o nacionalidad y convierte a las víctimas en mercancía; es importante estar alerta e informados sobre cómo prevenir este delito, a dónde denunciar y en qué instituciones puedes pedir ayuda.

 

 

¿QUÉ PUEDES HACER SI CONOCES DE UN CASO O POSIBLE VÍCTIMA DE TRATA DE PERSONAS?

 

Cualquier información que conozcas acerca de un posible caso o víctima de trata de personas es importante hacerla del conocimiento de las autoridades para que se proceda al rescate de las víctimas, su atención y protección así como la persecución de las personas que resulten responsables de cometer el delito de trata de personas.

DENUNCIA   

 PGN: 2414 8787

 MP: 2411 9191

      PNC: 110 Y 1518

 

 

¿QUIERES COMPARTIR CON NOSOTROS INFORMACIÓN QUE CONOZCAS SOBRE CUALQUIER CASO O VÍCTIMA DE TRATA DE PERSONAS?

Puedes comunicarte:

 

Correo electrónico: [email protected]

LA TRATA DE PERSONAS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL, EXPLOTACIÓN Y TRATA DE PERSONAS

De conformidad con el Artículo 47 de la Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que adiciona el Artículo Ter al Código Penal, Decreto Número 17-73 del Congreso de la República, el cual queda así:

Artículo 202 Ter. Trata de personas. Constituye delito de trata de personas la captación, el transporte, bastado, retención, acogida o recepción de una o más personas con fines de explotación”. Quien cometa este delito será sancionado con prisión de ocho a dieciocho años y multa de trescientos mil a quinientos mil quetzalesEn ningún caso se tendrá en cuenta el consentimiento prestado por la víctima de trata de personas o por su representante legal.

Para los fines del delito de trata de personas, se entenderá como fin de explotación: la prostitución ajena, cualquier otra forma de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, cualquier tipo de explotación laboral, la mendicidad, cualquier forma de esclavitud, la servidumbre, la venta de personas, la extracción y el tráfico de órganos y tejidos humanos, el reclutamiento de personas menores de edad para grupos delictivos organizados, adopción irregular, trámite irregular de adopción, pornografía, embarazo forzado o matrimonio forzado o servil.