Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas -SVET-
¿Qué es violencia sexual?
Delitos de violencia sexual
Violación
DELITOS DE VIOLENCIA SEXUAL
La Violencia Sexual se define en la literal n) del Artículo 3, Capítulo II del Decreto Numero 22-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, estableciendo que esta va referida a acciones de violencia física, o psicológica cuya finalidad es vulnerar la libertad e indemnidad sexual de la mujer, incluyendo la humillación sexual, la prostitución forzada y la denegación del derecho a hacer uso de métodos de planificación familiar, tanto naturales como artificiales, o a adoptar medidas de protección contra enfermedades de transmisión sexual.
Actualmente la legislación guatemalteca contempla cinco tipos penales en materia de Violencia Sexual que regula el Decreto 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, Código Penal que fueron reformados según el Decreto 09-2009 del Congreso de la República de Guatemala, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, estos se encuentran contenidos en el Libro Segundo, Título III del referente a los Delitos contra la Libertad e Indemnidad Sexual de las Personas que van del Artículo 173 al 190 de dicho cuerpo normativo y que corresponden a: